El avío es un contrato por el cual una persona se
obliga a suministrar lo necesario para la explotación de una mina. Los
aviadores tienen preferencia sobre todo otro acreedor.[1] El avío puede ser por
tiempo, por cantidad o por obras que se determinarán en el contrato.[2] Puede convenirse que
el aviador tome una parte de la mina en pago de los avíos que debe suministrar.
O puede dársele participación en los productos por un tiempo determinado, o
hasta cubrir el valor de los avíos.[3] El concesionario podrá
celebrar contrato de habilitación o avío de minas mediante el cual, un tercero
sufrague, en todo o en parte, los gastos e inversiones de construcción, montaje
y explotación del área concedida, para pagarse exclusivamente con los minerales
extraídos o con el producto de su venta. Este contrato de avío finalizará, ipso
facto, a la terminación de la concesión por cualquier causa, sin cargo ni
responsabilidad alguna de la entidad concedente.[4] (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI
CARI)
No hay comentarios:
Publicar un comentario