La
Comercialización que consiste en la compraventa de minerales o la celebración
de otros contratos que tengan por objeto la negociación de cualquier producto
resultante de la actividad minera.
[1] La comercialización de
productos minerales es libre, interna y externamente y para su ejercicio no se
requiere el otorgamiento de una concesión.[2]
Los productos minerales comprados a personas autorizadas para disponer de
ellos, no son reivindicables. La compra hecha a persona no autorizada, sujeta
al comprador a la responsabilidad correspondiente. El comprador está obligado a
verificar el origen de las sustancias minerales.[3] (AUTOR:
JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este Blog está a cargo de José María Pacori Cari, en el encontrará las herramientas básicas que le permitirán conocer el Derecho Minero
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"El Derecho Minero es un Derecho que requiera el mayor cuidado y atención en una época en la cual nuestro país viene gozando los beneficios de la Minería"
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