BIENVENIDOS

"El Derecho Minero es un Derecho que requiera el mayor cuidado y atención en una época en la cual nuestro país viene gozando los beneficios de la Minería"

sábado, 8 de febrero de 2014

CLASIFICACIÓN DE LOS MINERALES

Los Minerales se pueden clasificar de la siguiente manera[1]:
a.- Minerales no metálicos. Aquellos provenientes de yacimientos sedimentarios, (detríticos, químicos, bioquímicos y de aguas subterráneas) que originan concentraciones exógenas como por ejemplo: yeso, azufre, fosfato, sílice amorfa y derivados, etc.[2]
b.- Minerales metálicos, excepto los minerales preciosos. Aquellos provenientes de yacimientos hidrotermales y de afinidad platónica que originan concentraciones endógenas como por ejemplo cobre, hierro, zinc, plomo, aluminio, etc. [3]
c.- Minerales preciosos aluvionales. Aquellos que originan concentraciones exógenas como por ejemplo: oro, plata, etc. [4]
d.- Minerales preciosos no aluvionales. Aquellos que originan concentraciones endógenas como por ejemplo: oro, plata, diamante, etc. [5]
e.- Minerales energéticos. Aquellos utilizados para producir energía como por ejemplo: carbón, turba, minerales radioactivos, etc. [6]
f.- Minerales de reserva. Aquellos que el Órgano competente determine en función del interés nacional que se considere en el momento. [7](AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)



[1] El Artículo 3 de la Ley (…) de Minas – Nicaragua no se refiere a minerales sino a recursos minerales, indicando que los recursos minerales se clasifican en: 1.- La sustancia o sustancias cuyo principal contenido comercial o industrial sean elementos metálicos. 2.- La sustancia o sustancias cuyo principal contenido comercial o industrial sean elementos no metálicos. 3.- Las sustancias minerales y rocas de empleo directo en obras de infraestructura y construcción que no requieran más operaciones que las de arranque, fragmentación y clasificación y la sal en su estado natural.
[2] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá
[3] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá
[4] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá
[5] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá
[6] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá
[7] Véase Art. 323 del Código de Recursos Minerales - Panamá

No hay comentarios:

Publicar un comentario